Mi Indemnización

Cómo se calcula la indemnización por despido sin causa

Última actualización: 29 de mayo de 2026

Si te despiden sin causa, la ley te garantiza una indemnización. Pero la "indemnización" no es un solo número: es la suma de varios conceptos que, juntos, forman la liquidación final. Acá te explicamos cada uno y cómo se calcula el total.

Los conceptos que se suman

  • Indemnización por antigüedad (art. 245 LCT): un mes de tu mejor remuneración por cada año trabajado o fracción mayor a 3 meses. Es el componente principal.
  • Indemnización sustitutiva de preaviso: 1 o 2 meses de sueldo si el empleador no te preavisó. Ver la guía de preaviso por despido.
  • Integración del mes de despido: los días que faltan hasta fin de mes si te despiden en el medio.
  • SAC proporcional: la parte del aguinaldo del semestre en curso.
  • Vacaciones no gozadas: proporcionales al tiempo trabajado en el año.
  • Días trabajados del último mes.

El detalle de cada uno está en la guía de qué incluye la liquidación final.

La fórmula de la antigüedad

El corazón del cálculo es el art. 245:

Indemnización por antigüedad = mejor remuneración mensual, normal y habitual × años de servicio (contando como un año entero toda fracción mayor a 3 meses).

Esa "mejor remuneración" tiene un tope según tu convenio. Lo explicamos en la guía sobre la antigüedad y el tope del art. 245.

Ejemplo

Supongamos una persona con 6 años de antigüedad y una mejor remuneración de $1.000.000, despedida sin causa y sin preaviso:

ConceptoCálculoMonto
Antigüedad (art. 245)$1.000.000 × 6$6.000.000
Preaviso (5+ años → 2 meses)$1.000.000 × 2$2.000.000
SAC s/ preaviso$2.000.000 ÷ 12$166.667

A eso se le suman la integración del mes, el SAC y las vacaciones proporcionales y los días trabajados. Como ves, el preaviso y los proporcionales pueden agregar bastante por encima de la antigüedad.

Calculalo con tus datos

No necesitás hacer las cuentas a mano: nuestra calculadora aplica la LCT y te devuelve el detalle completo con tus fechas y tu sueldo, al instante y sin registro.

Esta guía es información general orientativa según la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y no constituye asesoramiento legal. Cada caso puede variar según el convenio colectivo, los topes vigentes y las particularidades del vínculo laboral. Ante un despido, consultá con un profesional.

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